Imagen digital en alta resolución.
Alquiler de una imagen digital: 120 €
Alquiler de una imagen digital fuera de España: 150 €
* Sobre esta cantidad se aplicará el IVA correspondiente (21%), excepto en los casos de peticiones procedentes de fuera de España.
ISe deberá informar si es para uso estrictamente privado o para otros usos. En el caso de publicaciones se deberá indicar el título de la edición, editor, fecha prevista de la publicación, idioma y países de distribución.
* Será obligatorio el envío de 2 ejemplares justificativos de la edición en el plazo de 1 mes a contar desde su publicación.
Queda terminantemente prohibida la reproducción de las imágenes cedidas para fines distintos de los indicados por el solicitante en el apartado “objeto del alquiler” del formulario, en todo caso, precisaría de la autorización previa y escrita de la Successió Miró para hacer un nuevo o distinto uso de la imagen ya adquirida. Lo contrario supondrá una infracción de los derechos de propiedad intelectual que puede ser constitutivo de delito penal, (Art. 270 y 271 del Código Penal Español).
En todos los casos queda totalmente prohibida la fragmentación, sobreimpresión o cualquier alteración de la obra original sin contar con la autorización de la Successió Miró, por tratarse de un derecho moral que pertenece única y exclusivamente a la Successió Miró.
Bajo ningún concepto se podrán hacer copias de los archivos digitales en alta resolución, prestarlos, cederlos, alquilarlos, venderlos, subarrendarlos a terceros y publicarlos o difundirlos vía on-line o en internet.
El solicitante se compromete a destruir todos los archivos cedidos en alta resolución dentro de los 90 días desde la recepción de los mismos. La utilización de las imágenes será por un período limitado de tiempo, indicándose en la factura junto al objeto del alquiler.
Si la edición se lleva a cabo en España se contactará directamente con la Successió Miró. En el caso de tener lugar en el extranjero, para la tramitación de los derechos de autor deberán dirigirse a las siguientes entidades de gestión de los derechos de autor de Joan Miró, en función del país de origen: (Ej. FRANCIA – ALEMANIA – SUIZA – ITALIA – USA – JAPÓN – REINO UNIDO …)
Todas las solicitudes que se tramitan en el extranjero a través de las respectivas sociedades de gestión, son remitidas a la Successió Miró que es quien decide al respecto posteriormente.
Una vez realizada la solicitud vía online, la Successió Miró remitirá la factura que deberá ser abonada por adelantado mediante transferencia bancaria. Una vez enviado el justificante de pago a la Successió Miró C.B. será remitida la imagen al solicitante.